Comment Re:Property of the nation. (Score 2, Informative) 325
All this has received a ridiculous amount of publicity... that has nothing to do with the actual problem.
El meollo del asunto está en la definición que se haga de esta reproducción. Si se trata de una reproducción de monumentos artísticos con fines comerciales, de conformidad con el artículo 288-B fracción I, de la Ley Federal de Derechos, por la reproducción fotográfica, dibujo o ilustración Starbucks tendría que pagar $1,342.62 por pieza. El artículo 33 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos señala que son monumentos artísticos los bienes muebles o inmuebles que revisten un valor estético relevante.
Si se considera que la reproducción es de monumentos arqueológicos o históricos, se pagarán por concepto de derechos sin límites de reproducciones: $1,477.07 si es una reproducción fiel o $2,954.50 si es una reproducción libre
So the right to use the images, without limit of reproduction is a maximum of 2,954 mexian pesos per images... or about twenty cups of coffe...